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Dirección General de Fiscalización Sanitaria

Departamento de Fiscalización de Farmacias y Tecnología Médica

Requisitos para la Inscripción como Representantes o Distribuidores sin Depósito

En los casos de Representantes o Distribuidores si depósito de Droguerías habilitadas en otras provincias, o Laboratorios y Distribuidoras habilitados por ANMAT, deberán cumplimentar también con los requisitos para la habilitación e inscripción de establecimientos, NO necesitando Director Técnico y debiendo agregar los siguientes requisitos:

- Copia autenticada del Certificado de Habilitación del Establecimiento, otorgado por la Autoridad Sanitaria competente, acompañada de una actualización del mismo, extendida por la Autoridad u Organismo que otorgo la habilitación.

- Copia autenticada del instrumento legal por el que se autoriza al representante a ejercer la función.

- Inscripción en DGI / AFIP del Establecimiento representado.

- Fotocopia de la primera y segunda hoja del DNI.

- Copia autenticada del Convenio Multilateral.

- Certificado de Cumplimiento Fiscal del establecimiento representado.

- Listado de productos a comercializar en carácter de declaración jurada

- Inscripción en la ANMAT por el tránsito interprovincial.

- Boleta de depósito de $150 en la cuenta 200-98277/9 del Banco del Tucumán.

- Trámite personal.


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